INSTRUCTIVO PARA LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LA EMPRESA SERVICIOS EDUCATIVOS SOFTRAIN, C.A.
La propuesta del presente Trabajo especial de grado tendrá lugar en la empresa “Servicios Educativos Softrain, C.A.. La cual se encuentraubicada en la Avenida Libertador con Calle Alameda Caracas-Chacao, Torre EXA, Piso 2, Oficina 213. Estado Bolivariano de Miranda.
INSTRUCTIVO PARA LA
DECLARACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LA EMPRESA SERVICIOS EDUCATIVOS
SOFTRAIN, C.A.
Misión.
La presente propuesta tuvo por misión,
implementar estrategias para la optimización del proceso en cuanto a la
Declaración y pago de impuestos al valor agregado en la empresa Servicios
Educativos Softrain, C.A.
Visión.
Al referirse a la visión de la propuesta, se puede definir como la
proyección del autor quien logra con el presente trabajo especial de grado, si
se aplican las estrategias recomendadas para el mejoramiento para la
declaración del IVA y optimizar el pago del impuesto al valor agregado, para
así la empresa marque la diferencia y se cumplan las normas y procedimientos
para disminuir el retraso en la ejecución de los pagos establecidos por la ley;
además de adquisición de materiales equipos y programas para evitar el retraso
de la ejecución de las operaciones.
INTRODUCCIÓN
El presente
documento constituye un instrumento de consulta y apoyo diseñado para facilitar
a los usuarios el procedimiento de registro, declaración y pago del Impuesto al
Valor Agregado (IVA) disponible en el Portal del SENIAT.
En este
sentido, va dirigido a todas aquellas actividades, negocios jurídicos u operaciones
que constituyan hechos imponibles tipificados en el Artículo N° 3 de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado (IVA), de acuerdo a lo establecido en el Decreto
Constituyente de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
que establece el Impuesto al Valor Agregado IVA, según Gaceta Oficial
Extraordinaria N° 6.507 de fecha enero 29 de 2020.
En efecto, podrán regirse los contribuyentes ordinarios,
ocasionales, formales y los responsables de este impuesto a fin de realizar:
● Declaración
Regular con una periodicidad mensual para el contribuyente ordinario y semanal
aplicado a los sujetos pasivos calificados y notificados como especiales o
trimestral para el contribuyente formal.
● Declaración Sustitutiva para los casos
en que proceda. Ordinario y semanal aplicado a los sujetos pasivos calificados
y notificados como especiales o trimestral para el contribuyente formal.
GENERALIDADES
1.1 Objetivo Constituir una guía detallada
que permite conocer los pasos a seguir para efectuar la Declaración Regular o
la Declaración Sustitutiva del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a fin de
ejecutar el proceso de declaración a través del Portal del SENIAT.
1.2 Alcance El
instructivo detalla especificaciones técnicas y funcionalidades del sistema, a
fin de que el contribuyente efectúe el procedimiento de declaración y pago del
impuesto en el período de imposición a que corresponda a través de la
Declaración Regular o la modificación de los créditos y débitos fiscales
declarados en períodos anteriores a través de la Declaración Sustitutiva del
Impuesto al Valor Agregado IVA (2020).
1.3 Requisitos para el uso de la Aplicación
● El
equipo de trabajo debe tener instalado, como mínimo: Firefox o Internet
Explorer 6.0; Adobe Acrobat Reader.
●
El usuario debe poseer su respectivo Usuario y
Clave de acceso al
Portal Fiscal.
MARCO LEGAL
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Agente de retención: Son aquellas personas naturales o jurídicas autorizadas por la ley para efectuar la retención o percepción del tributo.
Declaración: Presentar un informe detallado de todas las actividades financieras, bienes que se poseen y los deberes fiscales ya cumplidos tanto personales como empresariales durante un periodo determinado.
Impuesto: Obligación generalmente pecuniaria en favor del acreedor tributario, a fin de ser usado para el beneficio de la nación.
Incumplimiento:
Falta de ejecución de un deber impuesto por una norma, una resolución administrativa
o judicial, un acto o un contrato.
I.V.A: (Impuesto al valor agregado)
Impuesto que grava el valor añadido o agregado de un producto en las distintas
fases de su producción, normalmente a través de facturas.
Multa: Sanción que consiste en pagar una cantidad de dinero, impuesta por haber infringido una ley o haber cometido ciertas faltas o delitos.
Providencia: Acto que realiza un tribunal y posibilita la resolución de alguna petición de una parte o fija el cumplimiento de una cierta medida.
Retención: Imposición de las autoridades tributarias sobre el contribuyente para detraer parte de sus ingresos como forma de cobro anticipado de uno o varios impuestos correspondientes al año fiscal. Sanción: Efecto que produce una acción que infringe una ley u otra norma jurídica.
Seniat: (Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria) Instituto encargado de los impuestos en Venezuela.
PROCEDIMIENTOS PARA LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
2. ACCESO AL SISTEMA
2.1 Ingrese al Portal del SENIAT a través de la siguiente dirección de Internet www.seniat.gob.ve. Al ingresar a la página, se muestra la siguiente pantalla:
2.2 Seleccione
la opción persona natural o jurídica, según le corresponda,
2.3 Ingrese su
usuario y clave para ingresar al sistema
|
CAMPO |
DESCRIPCIÓN |
|
Usuario |
Coloque el identificador
(ID) para hacer conexión con el Portal del SENIAT. |
|
Clave |
Ingrese la clave de acceso
para ingresar al menú que muestra la aplicación. |
NOTA: En caso de
no estar registrado, seleccione la opción Regístrese e ingrese la información
requerida para generar el usuario y la clave para poder ingresar al Sistema.
2.4 Seleccione del menú principal Procesos Tributarios, la opción
Declaración IVA.
3.
DESCRIPCIÓN DE LOS MÓDULOS DEL SISTEMA
El Sistema le
permitirá efectuar la Declaración Regular o la Declaración Sustitutiva del
Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que deberá seleccionar el tipo de
declaración a efectuar.
3.1 Declaración Regular
La
Declaración Regular del Impuesto al Valor Agregado (IVA), permite registrar
electrónicamente la información relacionada por conceptos de los débitos
fiscales (ventas) y los créditos fiscales (compras) del período inmediatamente
anterior. De acuerdo al resultado que genere el registro definitivo
suministrado por el contribuyente (cuota tributaria a pagar o excedente de
crédito fiscal o cuota tributaria cero) el sistema generará un compromiso de
pago y un certificado de declaración. Para realizar la declaración, siga los
siguientes Pasos.
1.
Seleccione la opción Regular e indique si
realizó o no operaciones de Venta y/o Compra en el período sujeto a la
declaración.
2.
Defina el período de la declaración:
seleccionando el mes y el año. Luego, Presione el botón Continuar para avanzar,
caso contrario; presione el botón Atrás, tal como se muestra a continuación:
3.
El sistema muestra un mensaje de
confirmación, si está conforme con la información registrada, presione el botón
Aceptar para continuar. Caso contrario, presione el botón Cancelar.
4.
Seguidamente el sistema mostrará en la
pantalla los datos de la información fiscal del contribuyente, valide la
información. Presione el botón SÍ para continuar con el proceso de la
declaración, caso contrario, presione el botón NO.
SECCIÓN
DÉBITOS FISCALES
Los débitos fiscales constituyen las operaciones de ventas
gravadas, no gravadas y de exportación; y son determinados aplicando en cada
caso la alícuota o porcentaje del impuesto sobre el total de la base imponible.
Para el cálculo de los débitos fiscales el sistema despliega la siguiente
pantalla:
5. Registre la información solicitada en los ítems correspondientes a su declaración. En caso de existir operaciones gravadas en los ítems 42 y/o 442 respectivamente, el sistema activará una segunda pantalla donde deberá seleccionar el porcentaje de la alícuota y registrar el monto de la base imponible correspondiente a la operación de venta del mes. Presione el botón Agregar para que el sistema efectúe el cálculo automáticamente y para cerrar la ventana, presione el botón Cerrar. En caso de requerir modificar la información de los ítems 42 y/o 442 repita el paso indicado anteriormente, y, para eliminar algún registro, presione el botón Remover.
6.
Una vez registrada toda la información,
presione el botón Guardar para almacenar la información y luego, el botón
Continuar para avanzar al siguiente paso.
SECCIÓN
CRÉDITOS FISCALES
Los créditos fiscales constituyen el impuesto soportado por
la adquisición o importación de bienes muebles o la recepción de servicios
necesarios para la realización de sus actividades económicas y comerciales.
Para el cálculo de los créditos fiscales el sistema desplegará la siguiente
pantalla:
7.
Registre la información solicitada en los
ítems correspondientes a su declaración. En caso de existir operaciones
gravadas en los ítems 31, 312, 313, 33, 332 y/o 333 respectivamente, el sistema
activará una segunda pantalla donde deberá seleccionar el porcentaje de la
alícuota y registrar el monto de la base imponible correspondiente a la
operación de compra del mes. Presione el botón Agregar para que el sistema
efectúe el cálculo automáticamente y para cerrar la ventana, presione el botón
Cerrar. En caso de requerir modificar la información de los ítems 31, 312, 313,
33, 332 y/o 333 repita el paso indicado anteriormente, y, para eliminar algún
registro, presione el botón Remover.
Si en la auto declaración registra
ventas internas gravadas y no gravadas, el sistema hará el prorrateo de los
créditos fiscales, a objeto de determinar automáticamente el monto
correspondiente de los ítems 70 y 37 respectivamente.
A efectos de conocer los créditos
fiscales deducibles del periodo, el monto se refleja en el ítem 71.
Si ha solicitado recuperación de
créditos fiscales, como exportador o proveedor de Entes exonerados del IVA, el
monto de las cantidades objeto de la solicitud deberá reflejarse en los ítems
21 y 81 respectivamente.
En caso de existir ajustes a los
créditos fiscales de períodos anteriores, siempre que éstos no generen una
cuota tributaria a pagar, deberán reflejarse en la casilla 38.
8. Presione el botón Guardar para almacenar la información y luego,
el botón Continuar para avanzar y registrar la información relacionada con los
Créditos Fiscales.
SECCIÓN AUTOLIQUIDACIÓN
9. En esta
sección el sistema le mostrará el resultado de la declaración realizada.
Consideraciones: En caso de haber
soportado retenciones de IVA, deberá relacionar primero las provenientes de
períodos anteriores (“Retenciones Acumuladas por descontar”); luego las
soportadas en el mismo período (“Retenciones del Período”); y finalmente las
adquiridas a terceras personas (“Créditos Adquiridos por Cesión de
Retenciones”). Si ha solicitado la recuperación de excedente de retenciones,
coloque el monto objeto de la misma en la casilla “Recuperación de Retenciones
Solicitadas”.
Los campos
correspondientes a las Percepciones de IVA en Aduanas (Líneas 41 y 47) no son
aplicables en la actualidad.
Cuando los débitos fiscales sean mayores a los créditos
fiscales, se generará una CUOTA TRIBUTARIA A PAGAR y cuando los débitos y
créditos fiscales den como resultado el mismo saldo, se generará una CUOTA
TRIBUTARIA CERO. Dicha información la podrá observar en el ítem 90 Total a
Pagar.
Cuando los créditos fiscales sean superiores a los débitos
fiscales, se generará EXCEDENTE DE CRÉDITO FISCAL, el cual se verá reflejado en
la declaración del mes siguiente en el ítem 60.
10. Presione
el botón Guardar para almacenar la información ingresada y luego, el botón
Continuar para avanzar. Seguidamente el sistema desplegará la siguiente
pantalla, la cual representa la totalidad de los elementos insertados en la
declaración:
11. Verifique
la información registrada y si está conforme con la misma, haga clic en el
botón Registrar para almacenar la declaración de forma definitiva. Caso
contrario, presione el botón Atrás y realice los ajustes necesarios para
culminar la declaración. Tome en cuenta que una vez pulsado el botón Registrar,
la declaración quedará registrada de forma definitiva y no podrá ser
modificada, por lo que se recomienda verificar la exactitud de cada uno de los
totales mostrados.
12. Seguidamente
el Sistema desplegará una ventana de confirmación, si está seguro de la
información suministrada.
13. Una
vez confirmada su declaración, el Sistema le mostrará el mensaje:
Su declaración ha sido registrada
exitosamente.
NOTAS:
● En
caso que haya realizado la declaración definitiva y requiera realizar alguna
modificación, podrá solicitar la anulación de la misma, si y sólo si, cuando el
estatus de la misma sea Pendiente Conciliación, es decir, que el compromiso de
pago aún se encuentre pendiente.
● En
caso que la declaración sea monto cero (0), sólo se generará el Certificado
Electrónico.
● Si
la declaración generó monto a pagar, se generará el respectivo
Compromiso
de Pago y, una vez conciliado el pago, se generará el Certificado Electrónico.
Verifique que el estatus de la declaración es Conciliado.
Planilla de Pago.
Para imprimir la planilla de pago tiene dos opciones:
●
Haga clic en el hipervínculo mostrado en el
período que se muestra en la pantalla Resultado de la Declaración, o
● Ingrese
por la opción Consultas / Compromisos de Pago que se encuentra en el Menú
Contribuyente.
Seleccione el tipo de consulta a
realizar y el impuesto y, presione el botón Consultar para que el sistema le
muestre la información. Haga clic sobre el hipervínculo mostrado en el período
y se desplegará la respectiva planilla de pago. Seleccione la forma de pago.
En caso de
seleccionar Opción Manual, presione el botón Imprimir y el Sistema mostrará el
PDF de la planilla de pago. Debe imprimir la cantidad de tres (03) planillas
para su posterior cancelación en los bancos autorizados por la Administración
Tributaria.
En caso de
seleccionar Opción Electrónica, el sistema mostrará los Bancos Autorizados por
la Administración Tributaria para realizar el pago vía electrónica. Haga clic
en el nombre del Banco afiliado y efectúe la liquidación del tributo. Para
seleccionar esta opción debe poseer una cuenta activa en el banco seleccionado.
Certificado Electrónico.
Para imprimir
el Certificado Electrónico ingrese por la opción Consultas / Estado de Cuenta
que se encuentra en el Menú Contribuyente. Seleccione el tipo de impuesto que
requiere consultar o mantenga la opción que por defecto le muestra el Sistema
“Todos los Impuestos”. Coloque o selecciones la fecha a consultar Desde - Hasta
y presione el botón Transacciones (Nota: El rango de fecha será máximo un año
Ejemplo: 01/01/2018 – 01/01/2019). Posteriormente el Sistema mostrará la
información asociada a los datos ingresados anteriormente.
Haga clic
sobre el hipervínculo mostrado en el campo Descripción y el sistema desplegará
el certificado electrónico de recepción de declaración por Internet IVA.
Planilla de Declaración.
Para imprimir
la planilla de declaración ingrese por la opción Consultas / Estado de Cuenta
que se encuentra en el Menú Contribuyente. Seleccione el tipo de impuesto que
requiere consultar o mantenga la opción que por defecto le muestra el Sistema
“Todos los Impuestos”. Coloque o selecciones la fecha a consultar Desde - Hasta
y presione el botón Transacciones (Nota: El rango de fecha será máximo un año
Ejemplo: 01/01/2018 – 01/01/2019). Posteriormente el Sistema mostrará la información
asociada a los datos ingresados anteriormente.
Haga clic sobre el hipervínculo
mostrado en el campo Nro. Documento y el sistema desplegará la planilla de la
declaración seleccionada.
3.2 Declaración Sustitutiva
La opción
Declaración Sustitutiva del Impuesto al Valor Agregado (IVA), aplica
actualmente solo para los contribuyentes ordinarios y permite registrar
electrónicamente los ajustes a las declaraciones que generan una diferencia de
impuesto a pagar por concepto de IVA. En el caso de los contribuyentes
especiales, los ajustes necesarios deben ser realizados en la declaración del
próximo período a realizar.
Cuando la
cuota tributaria a pagar sea inferior a la originaria, el sistema mostrará el
mensaje: La Declaración Sustitutiva no puede ser procesada, debido a que no
genera diferencia de Impuesto a pagar, de conformidad con lo establecido en el
artículo 50 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Siga los
pasos que a continuación se describen para realizar la declaración sustitutiva.
1. Seleccione
la opción Sustitutiva y presione el botón Continuar.
2. Automáticamente
el sistema le mostrará la información registrada en la Declaración Regular,
permitiéndole modificar los campos que así requiera.
3. Para
realizar y registrar la declaración con los ajustes requeridos, siga los pasos
indicados en el punto 3.1. Declaración
Regular.
4.
TABLA DE ERRORES
|
MENSAJE
ERROR |
ACCIÓN A
TOMAR |
|
El Ítem 40 no registra los montos en Bs. |
Verifique que el monto en Bs. de las ventas sean valores
positivos |
|
El Ítem 41 no registra los
montos el Bs |
Verifique que monto en Bs. de las ventas sean valores
positivos |
|
El ítem 442 no realiza
bien los cálculos |
Verifique
que las ventas realizadas estén gravadas con el alícuota general más la
alícuota adicional. |
|
El ítem 443 no toma los
montos en Bs |
Verifique que las ventas realizadas estén gravadas con la
alícuota reducida. |
|
El Ítem
48 mis ajustes son superiores a los débitos fiscales y el sistema no los toma
|
Este
ingreso de ajuste se hará manual y el mismo no podrá exceder a los débitos
fiscales. En caso de ser superior, se deberá realizar el ajuste en los
próximos periodos |
|
El monto en Bs. de los Certificados de Débitos Fiscales no los
acepta |
Verifique
que el resultado del Ítem (47 – Ítem 48) sea saldo positivo ya que solo se
admitirán valores positivos. |
|
El monto en Bs. de las compras no gravadas y/o sin derecho
a crédito fiscal no lo acepta |
Verifique que el valor del Ítem 30 sólo tenga valores
positivos |
|
El valor en Bs. de las
importaciones no la acepta |
Verifique que el valor del Ítem 31 sólo tenga valores
positivos |
|
El valor
en Bs. de las importaciones gravadas más alícuota adicional no la acepta |
Verifique que el valor del Ítem 312 sólo tenga valores
positivos |
|
El valor
en Bs. de las importaciones gravadas por la alícuota reducida no la acepta |
Verifique que el valor del Ítem 313 sólo tenga valores
positivos |
|
El valor
en Bs. de las compras internas gravadas por la alícuota general no la acepta |
Verifique que el valor del Ítem 33 sólo tenga valores
positivos |
|
El valor en Bs. de las compras internas gravadas por la
alícuota general más la |
Verifique que el valor del Ítem 332 y 333 solo tenga
valores positivos |
|
MENSAJE
ERROR |
ACCIÓN A
TOMAR |
|
alícuota adicional o reducida, no la
acepta |
|
|
El monto en Bs. de la solicitud de Reintegro no la acepta |
Verifique
el monto solicitado por concepto de reintegro no exceda el resultado de la
suma de los Créditos Fiscales del Periodo más el excedente de Créditos Fiscales del
Periodo anterior |
|
El valor en Bs. del Ítem
37 no lo acepta |
Verifique
que el monto del resultado de la aplicación (Ítem 36 - Ítem 70) x % de
prorrateo. El % de Prorrateo se obtiene de la operación del ítem 46 – Ítem
40) /Ítem 46. Sólo se aplicará si registra ventas internas no gravadas por el
impuesto. |
|
El valor en Bs. del reintegro solicitado, no lo acepta |
El monto
solicitado por concepto de Reintegro a Exportadores no puede exceder al
resultado de la suma de los créditos fiscales del periodo más el excedente de
los créditos fiscales del periodo anterior. |
|
La solicitud de reintegro del suministro de bienes o
prestación de servicios a entes exonerados no acepta el valor |
Verifique
que el monto solicitado por concepto de Reintegro de Certificación de débitos
fiscal no aplicado no haya excedido a los certificados de los Débitos
Fiscales Exonerados registrados en el periodo. |
|
Los Ajuste a los Créditos Fiscales del Ítem 38 no acepta el
valor en Bs |
Verifique
que el monto indicado no sea inferior al total de los créditos fiscales del
periodo. Sin embargo, de ser negativo el valor deberá tomar las siguientes
consideraciones: ●
Si existe Prorrata el resultado de la operación será
(Ítem 71 + Ítem 20 - Ítem21-Ítem81). ●
En caso contrario será (Ítem 36 + Ítem 20 – Ítem 21
– Ítem 82) con signo negativo |
|
El Ítem no acepta el monto en Bs. de los |
Verifique el total de los
Certificados de |
|
MENSAJE
ERROR |
ACCIÓN A
TOMAR |
|
certificados de Débitos Fiscales Exonerados |
Débitos
Fiscales emitidos registrados en el libro de compras durante el período. Sólo
en el Ítem indicado aceptará valores positivos y el mismo no podrá
ser mayor al total de los créditos fiscales del período |
|
El Ítem 54 no acepta el
valor en Bs. |
Debe
indicar el saldo de las retenciones soportadas no utilizadas en periodos
anteriores únicamente con valores positivos. |
|
El Ítem 66 no acepta el
valor en Bs. |
Debe
indicar el total de las retenciones soportadas del periodo sean con valores
positivos |
|
El Ítem 73 no acepta el
valor en Bs |
Verifique
el monto total solicitado en el periodo ante la Administración Tributaria por
concepto de recuperación de IVA de retenciones soportadas y no descontadas y
que los valores sean saldo positivo, los cuales a su vez no podrán ser mayor
al saldo de las retenciones acumuladas por descontar |
|
El Ítem 57 no acepta el
valor en Bs. |
Verifique que el monto sea en valores positivo |
|
El Ítem 68 no acepta el
valor en Bs. |
Verifique que el monto sea en valores positivo |
|
El Ítem 75 no acepta el
valor en Bs. |
Verifique que el monto sea en valores positivo |
|
El Ítem 76 no acepta los valores en Bs |
Verifique
que el monto indicado sea en valores positivos y el cual no podrá ser mayor
al saldo de percepciones acumulado por descontar del Ítem 57. |
|
El Ítem 81 no acepta los valores en Bs |
El monto
solicitado por concepto de Reintegro de Certificación de débito fiscal no
aplicado no puede exceder a los Certificados de Débitos Fiscales |
|
MENSAJE
ERROR |
ACCIÓN A
TOMAR |
|
|
Exonerados registrados en
el período |
|
El Ítem 82 no acepta los
valores en Bs. |
El ítem
indicado solo admite valores positivos y no puede ser mayor al total de los
créditos fiscales del periodo. |
|
El sistema no me permite ingresar los montos con los
decimales |
Verifique que los montos ingresados estén separados por la
coma y no punto |
5. SALIDA DEL SISTEMA
Pulse el botón Página Principal / Salir. El sistema muestra
el siguiente mensaje: Su conexión con el Portal del Seniat ha finalizado.
Gracias por utilizar nuestros servicios.
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